Empiezo estas líneas recordando el preámbulo de la Constitución Española de 1978:
“La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente Constitución”.
Esta voluntad de la Nación española, proclamada solemnemente, insiste en el empeño de garantizar la convivencia democrática y de establecer una sociedad democrática avanzada, basada entre otros pilares esenciales, en la existencia de un orden económico y social justo, en la protección a todos los españoles y españolas y pueblos de España, en el ejercicio de los derechos humanos, en la promoción del progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Enlazan estos planteamientos con el artículo 1.1: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”. También lo hacen con el artículo 9.2: “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
El reconocimiento constitucional del derecho de asociación en el artículo 22, como derecho fundamental, facilita la organización de la sociedad civil, de la ciudadanía, en evidente complemento de la participación política (artículos 6 y 23) y de la libertad sindical (artículos 7 y 28). La vertebración solidaria de la sociedad civil, mediante organizaciones privadas (no gubernamentales, por tanto) y sin ánimo de lucro, se ha convertido en España y, singularmente, en Castilla y León, en una clara manifestación de la fuerza de la ciudadanía para garantizar la dignidad, la libertad y la igualdad, la calidad de vida y el ejercicio de los derechos y deberes constitucionales.
En este marco nace el Tercer Sector de Acción Social (TSAS), que puede definirse como “el ámbito formado por entidades privadas de carácter voluntario y sin ánimo de lucro que, surgidas de la libre iniciativa ciudadana, funcionan de forma autónoma y solidaria tratando, por medio de acciones de interés general, de impulsar el reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales, de lograr la cohesión y la inclusión social en todas sus dimensiones y de evitar que determinados colectivos sociales queden excluidos de unos niveles suficientes de bienestar” (definición ofrecida por la Fundación Luis Vives).
El TSAS “opera como una red de participación y de transformación social, próxima, abierta y flexible, que demuestra de forma innovadora que es posible la plena inclusión de todas las personas desde la igualdad en la diversidad y sin segregaciones ni discriminaciones”. Su misión consiste en “contribuir a la defensa de los derechos sociales y universales y a la construcción de una sociedad justa, próspera e inclusiva a través de la promoción de la ciudadanía activa, la incidencia política y el desarrollo de servicios y apoyos para el bienestar social y de las personas” (entrecomillados extraídos del “III Plan Estratégico del Tercer Sector de Acción Social 2017-2021”, coordinado por la Plataforma de ONG de Acción Social, con la colaboración de la Plataforma Tercer Sector, la Plataforma del Voluntariado de España, EAPN y el CERMI).
La reconstrucción tras el grave destrozo económico y social ocasionado por la pandemia de COVID-19 exige la máxima coordinación de los poderes públicos con las organizaciones del tercer sector de acción social. La ética constitucional, más allá de planteamientos ideológicos o divergencias políticas, no nos permite que aceptemos la pobreza, la carencia de bienes de primera necesidad y la exclusión social, y ni siquiera que nos resignemos ante estas situaciones contrarias al Estado social y democrático de Derecho. Tampoco es compatible con nuestro modelo de Estado la justificación de estas situaciones a través de la cruel culpabilización de las personas que las padecen o de la inhumana aporofobia (término sabiamente acuñado en la obra de Adela Cortina, gran filósofa española contemporánea).
Agradezco, de corazón, el compromiso eficaz de las organizaciones del tercer sector de acción social de Castilla y León y del Grupo de Enlace con la sociedad civil de este Consejo Económico y Social.