El nuevo informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo: recomendaciones (y II)

[Viene de la entrada anterior de estos Cuadernos]

Recomendación 6: Incentivos al empleo.

El sistema de incentivos debe concentrarse en las situaciones y colectivos cuyo empleo se persigue favorecer de forma especial. A este respecto, solamente debe priorizarse con este tratamiento preferente a los colectivos de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social y a las víctimas de violencia de género; asimismo, deben adoptarse medidas de fomento de la contratación de los parados de larga duración, y de los jóvenes, así como incentivarse el mantenimiento del empleo de las personas contratadas que tengan 55 o más años.

Recomendación 7: Modernización e información al ciudadano.

Debe darse cumplimiento a las obligaciones de información de modo que cada ciudadano pueda disponer de información periódica individualizada sobre sus futuros derechos de pensión.

Recomendación 8: Gestión del sistema.

Potenciar la mejora de la gestión, a través de la creación de una agencia de la Seguridad Social que permita la gestión integrada de las funciones de afiliación, recaudatorias y de gestión de prestaciones, con arreglo al marco competencial establecido en la Constitución y los diferentes Estatutos de Autonomía.

Abordar de manera inmediata un plan integral de recuperación y renovación de la plantilla de personal al servicio de la Seguridad Social.

Recomendación 9: Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Es necesario completar el proceso de modernización y transparencia en el funcionamiento de las Mutuas, así como dotarlas de un cierto margen de flexibilidad en el uso de sus recursos, compatible con un estricto control por la Seguridad Social.

Recomendación 10: Lucha contra el fraude.

— Debe favorecerse que todas las Administraciones implicadas puedan cruzar la información existente en sus bases de datos.

— Deben reforzarse los medios de la Inspección de Trabajo y el régimen sancionador a las empresas que no cumplan con sus obligaciones frente a la Seguridad Social

Recomendación 11: Contributividad.

Es necesario preservar y reforzar el principio de contributividad sin menoscabo de la solidaridad del sistema.

Recomendación 12: Edad de jubilación.

Es necesario reforzar dos líneas básicas de actuación:

— Fomentar la permanencia de los trabajadores en activo.

— Atender a las situaciones de vulnerabilidad que la prolongación de la vida laboral pueda generar en determinados colectivos.

Recomendación 13: Prestaciones de Viudedad y Orfandad.

Debe llevarse a cabo de manera gradual la reformulación integral de las prestaciones por muerte y supervivencia —en especial la de viudedad— manteniendo su carácter contributivo.

Recomendación 14 Suprimida.

Recomendación 15: Solidaridad y garantía de suficiencia.

En relación con el concepto de suficiencia, es preciso:

— Fijar una referencia adecuada, que podría ser la tasa de sustitución (porcentaje de la pensión media sobre el salario medio de los trabajadores ocupados)

— Establecer un ámbito territorial de medición comparada, en concreto el de los países más avanzados de la Unión Europea.

Recomendación 16: Sistemas Complementarios.

Es necesario impulsar los planes de pensiones de empleo, sustentados en el marco de la negociación colectiva. En cuanto al tercer pilar, su gestión debe ser más transparente.

Recomendación 17: Mujeres y Seguridad Social.

Se deben adoptar medidas de carácter estructural para conseguir la equiparación de la cobertura por pensiones entre mujeres y hombres, y potenciar la corresponsabilidad entre géneros.

Recomendación 17 bis: Juventud y Seguridad Social.

Los jóvenes se ven especialmente perjudicados por la precariedad y el subempleo, lo que dificulta generar amplias carreras continuas de cotizaciones. Estas circunstancias determinan el descrédito de nuestro sistema de seguridad social entre la juventud. Un objetivo básico es que los jóvenes recuperen la confianza en el sistema.

Recomendación 18: Personas con discapacidad.

Deben intensificarse las medidas dirigidas a su activación, favoreciendo su acceso al empleo. En particular, se propone la compatibilidad de la percepción de las pensiones por incapacidad permanente con la realización de un trabajo.

Recomendación 19: Trabajadores migrantes.

Deben apoyarse los puentes de inmigración legal para satisfacer la demanda del mercado laboral español. A tal fin, la Seguridad Social debe adecuar los procesos con medidas que faciliten la gestión de los trámites de contratación, afiliación e integración en el sistema.

Recomendación 19 bis: Seguridad Social y economía digitalizada.

Debe actuarse frente a realidades relacionadas con las características de las actividades que se desarrollan a través de plataformas digitales, como son la economía informal, los falsos autónomos y la infracotización.

Recomendación 20: Control parlamentario, seguimiento, evaluación y reforma del Pacto de Toledo.

El Gobierno debe comparecer anualmente ante la Comisión para informar de la situación puntual de la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las recomendaciones efectuadas. Transcurridos cinco años, el Congreso de los Diputados habrá de proceder a una revisión general de las recomendaciones, así como evaluar a su grado de cumplimiento.


Nota: El Congreso de los Diputados aprobó el 19 noviembre 2020 el Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo

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3. VIDEO DE LA SESIÓN DEL PLENO

Equipo Técnico del CES

Equipo Técnico del Consejo Económico y Social de Castilla y León